5 sept 2006

Espionaje teléfonico

El TEPJF y el espionaje/

Este martes 5 de septiembre los siete magistrados electorales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) votaron por unanimidad un dictamen de más de 300 paginas en donde se declara que "el candidato que obtuvo más votos en la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos fue el ciudadano Felipe de Jesús Calderón Hinojosa; segundo, "es válida la elección"; tercero se satisfacen "los requisitos de elegibilidad establecidos en el artículo 82 de la Constitución Política"; y por tanto, se le declara "Presidente Electo de los Estados Unidos Mexicanos..."

Y estemos o no de acuerdo, la decisión simplemente se debe acatar ¡Así son las reglas del juego democrático que tenemos!

Una observación rescatable en el extenso dictamen del Tribunal elaborado por la magistrada Alfonsina Berta Navarro Hidalgo y Mauro Miguel Reyes Zapata.

Hace unos días escribí para la agencia DIFUNET un texto sobre el la moda del espionaje. Señale como realmente grave la existencia de cuerpos de espionaje fuera de la ley ya que ponen en riesgo la transición política y amenazan con vulnerar la intimidad del individuo, la seguridad pública y la seguridad nacional.

Señale y lo reafirmo que no hay en este momento ninguna persona detenida por intervención telefónicas.
Y pregunte¿dónde están las investigaciones de las grabaciones que dio a conocer la Alianza por el bien de todos, donde involucra a la profesora Elba Esther Gordillo con varios actores de la política?
Lo mencione debido a estas grabaciones fueron presentadas por la Alianza por el Bien de Todos como "pruebas"supervenientes del presunto fraude electoral el 2 de julio.
Y el TEPJF dedica unos párrafos al tema que conviene ponerlo en la mesa.
En efecto, señala el dictamen "En el expediente se pone de manifiesto, que existe una grabación de una conversación telefónica, atribuida a una líder sindical (Elba Esther Gordillo) con el gobernador de un Estado. ...informe con esta grabación, se pretende evidenciar la existencia de una supuesta colusión de funcionarios con los partidos políticos mencionados (PRI y PANAL), para la venta de votos. En este hecho se pretende sustentar una pretendida conculcación a la libertad, autenticidad y efectividad en la renovación del Poder Ejecutivo; que se afectó el derecho para acceder al poder público; los principios constitucionales del sufragio: universal, libre, secreto y directo; así como los de toda elección: certeza, legalidad, objetividad, independencia, equidad e imparcialidad, previstos en los artículos 41, párrafo 2, bases I y III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, numerales 1 y 2; 69, numerales 1, inciso f), y 2, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

En relación con lo expuesto, se realizan las siguientes consideraciones:
La grabación de mérito se refiere a una conversación telefónica realizada entre particulares. Sin embargo, no se tienen elementos para sostener que dicha grabación se obtuvo legalmente (¡por lo tanto es ilegal!); es decir, en conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece como garantía individual, que las comunicaciones privadas son inviolables, por lo cual, exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa respectiva, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada, para lo cual debe mediar escrito que funde y motive la causa legal de la solicitud, precise el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración; autorizaciones que no podrán otorgarse, entre otras, en materia electoral.
En el propio artículo 16 constitucional citado se establece, categóricamente, que los resultados de las intervenciones que no cumplan con los requisitos y límites previstos en las leyes, carecerán de todo valor probatorio. Sobre esta base, es válido concluir que el elemento en cuestión carece de todo efecto jurídico, porque al no existir evidencia de haberse obtenido conforme a esos requisitos, debe considerarse contraria a la disposición constitucional citada y, por ende, no debe tenerse en cuenta para determinar si existe o no conculcación a algún principio constitucional o legal de la elección de Presidente de la República.
Muy bien por el dictamen de los magistrados, no podían aceptarlas debido a su origen ilegal, aunque las grabaciones sean autenticas.
La ley es muy clara y ahí esta señalada en el dictamen.
Todo muy bien. Pero la pregunta obligada es ¿quien diablos realizó las grabaciones?
Comparto el texto que envie a DIFUNET y que se difundio en varios medios.
Espionaje / Fred Álvarez
Muchos ciudadanos culpan a los medios por los escándalos de los políticos. Pero el pecado en todo caso es de los políticos que han hecho de la política un espectáculo; un auténtico Show; y algunos medios; sobretodo electrónicos, pues felices por que ello eleva su raiting.
Ahora todo político en México sabe que un video acompañado de su difusión en un programa de alta audiencia puede modificar el rumbo de las cosas y hasta modificar la aplicación de la ley.
Una grabación o un video bien manejado lleva a que los acusados de ayer pasen a ser acusadores hoy; presuntos delincuentes pasan a convertirse en hermanas de la caridad (con respeto para ellas); e incluso casi hay que pedirles perdón por haberlos ofendido.
Hay que subrayarlo. Los medios tienen la obligación profesional de revelar una noticia siempre y cuando sea del interés público. Sólo en ese caso se justifica. Si no es así, entonces estamos ante el morbo y la propaganda, en este caso política.
La mañana del viernes 18 de agosto la periodista Carmen Aristegui difundió en su noticiero radiofónico un video en el cual el empresario Carlos Ahumada involucra a exfuncionarios de la Administración del gobierno del Presidente Fox en un Complot contra AMLO, incluye al execretario de Gobernación, Santiago Creel, y al exprocurador Rafael Macedo de la Concha. Ahumada relata la forma en la que, mediante el abogado Juan Collado, entró en contacto con Diego Fernández de Cevallos, en cuya casa aseguró, firmó la denuncia de extorsión contra el Gobierno del Distrito Federal.
Y pues como era de esperarse el video tenía una intencionalidad política, sobretodo a pocos días de la resolución del TEPJF de las elecciones más competidas de la historia de México. Y curiosamente a pocos minutos de que fue difundido el video por Carmene, los dirigentes de la Coalición por el Bien de Todos estaban en noticieros hablando del tema, y como era de esperarse días después lo llevaron a los magistrados del TEPJF como "prueba" del fraude del 2 de julio.
Considero que el video no tuvo el impacto deseado. Carmen fue seleccionada para difundirlo y ella misma lo reconoce, pero los justifica y dice que decidió jugársela por "el valor periodístico” encontrado. Y quizás tenga razón. La in formación es verídica aunque puede ser un montaje preparado bajo presión.
Quizás yo en caso de Carmen no lo hubiera difundido, debido a que, desde mi particular óptica el video no decía nada nuevo. Lo de Ahumada es un asunto añejo. Sabemos la existencia de esa -y otras muchas más- grabaciones de la Habana. Incluso fueron admitidas por el propio ministro de Relaciones Exteriores cubano, Felipe Pérez Roque, durante una conferencia de prensa ofrecida por él hace varios meses. Además, el canciller Luis Ernesto Derbez aseguró que el video vino de Cuba, aunque, subraya, no necesariamente del gobierno de Fidel Castro.
Y pues este video es una raya más al tigre. ¡Total!
Seguramente vendrán muchísimos más.
Falta un buen debate sobre el quehacer. Por que la ética ha quedado muchas veces rezagada. Y de ahí que varias ciudadanos culpan a los medios por los escándalos de los políticos.
Pero ¿qué pasa cuando los ciudadanos somos los actores y se no graba e interviene nuestra comunicaciones sin nuestro consentimiento? ¿Donde queda el derecho a la privacidad?
Y es que cualquiera puede ser –y es - grabado. Y pudiéramos decir, pues los caso de los políticos pues total allá ellos, pero ¡no! Parafraseando a Bertold Bretch podemos decir que ahora son los políticos y mañana – que mañana, ¡hoy!- somos nosotros los ciudadanos comunes y corrientes.
Es realmente grave la existencia de cuerpos de espionaje fuera de la ley. Ya que ponen en riesgo la transición política y amenazan con vulnerar la intimidad del individuo, la seguridad pública y la seguridad nacional.
Los motivos para dedicarse al espionaje son ilimitados, pero en los casos que estamos viendo son fundamentalmente por la ambición de poder. Además los espías de hoy no son como los de antes. El desarrollo tecnológico - incluyendo la biométrica- y poco dinero permite que sea un asunto de niños. Cualquiera puede tener equipo sofisticado para hacerlo.
Y claro la intervención telefónica la hace tambien el gobierno federal a través de varias instituciones como la PGR siempre y cuando se justifique en el caso de delincuencia organizada. Y también es permisible esta intervención cuando hay autorización del Poder Judicial reglamentada por la Ley de Seguridad Nacional.

Además, existen diez Estados con facultades legales y por tanto infraestructura para intervenir comunicaciones privadas, ellos son: Baja California, Colima, Chiapas, Distrito Federal, Hidalgo, México, Morelos, Nuevo León y Veracruz.
Y hasta donde he investigado no hay en este momento ninguna persona detenida por esos motivos. Las denuncias penales parecen dormir el sueño de los justos.
¡Lástima!
Por ejemplo ¿dónde están las investigaciones de las grabaciones que se dieron a conocer el pasado 8 de julio en el Zócalo? Son grabaciones de intervenciones telefónicas entre la profesora Elba Esther Gordillo, el gobernador de Tamaulipas Eugenio Hernández Flores, y el Secretario de Comunicaciones y Trasportes Pedro Cerisola.
El Senador del PRD Jesús Ortega dijo: "Bueno, pues ya se reconoció que nosotros solamente (las) dimos a conocer...,y por supuesto, yo no voy asumir ninguna responsabilidad.
¡Eso dijo Yo no voy asumir ninguna responsabilidad! Increíble que esto lo diga un Senador de la República y acepte de hecho que no hay delito sino al contrario que el TEPJF debe tomar en cuenta las grabaciones debido a que es ilegal su participación.
Además lo más graves de ese asunto es que ni siquiera hubo una condena institucional.
¡Parece que la política lo justifica todo!
El vocero de los Pinos Rubén Aguilar dijo en una conferencia mañanera que la Presidencia no tiene ningún punto de vista y que los implicados en esas llamadas ya hicieron comentarios a la opinión pública. ¡Caramba!
Y bueno, quizás el vocero tenga razón. Si hubiera culpables saldrían fácilmente bajo fianza. Desafortunadamente la legislación que nos rige es flexible para este tipo de delitos.
Hace unos días, el pasado 17 de agosto, una jueza federal de EE UU Anna Diggs Taylos ordenó interrumpir de forma inmediata las intervenciones telefónicas y de control de correos electrónicos sin autorización judicial que el Gobierno de aquel país puso en marcha en su plan antiterrorista después del 11-S, a través de la Agencia Nacional de Seguridad (NSA).
La magistrada federal de Detroit determino que el programa era inconstitucional porque viola los derechos a la libertad de expresión y a la intimidad de los ciudadanos.
El fallo se produce en respuesta a una denuncia presentada por la Unión de Libertades Civiles de EE UU contra el controvertido programa. La polémica en torno a este asunto fue desvelada por el periódico The New York Times a finales del 2005 cuando reveló como el gobierno, con la ayuda de compañías telefónicas, había empezado a intervenir llamadas, así como correos electrónicos, sin una orden judicial de por medio. Y el tema cobró mayor dimensión el pasado 11 de mayo en el diario USA TODAY.
Las reacciones de la decisión de la Jueza vinieron del procurador de EE UU, Alberto Gonzales, quien anunció que el gobierno apelará el fallo judicial: "vamos a hacer todo lo que podamos en las cortes, para permitir que este programa continúe". Gonzales manifestó que se confía en la legitimidad del programa de escuchas telefónicas por lo cual se apelará a la orden de la jueza.
¿Y en México quien nos defiende? ¿Dónde esta el Jueza Diggs Taylor?

¡Habemus Presidente!

¿Qué dice el dictamen del TEPJF?
"Con fundamento en las consideraciones precedentes, se declara (por unanimidad):
PRIMERO. De acuerdo con el cómputo final de la elección, el candidato que obtuvo más votos en la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos fue el ciudadano Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.
SEGUNDO. Es válida la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
TERCERO. El ciudadano Felipe de Jesús Calderón Hinojosa satisface los requisitos de elegibilidad establecidos en el artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CUARTO. Se declara al ciudadano Felipe de Jesús Calderón Hinojosa Presidente Electo de los Estados Unidos Mexicanos, para el período comprendido del primero de diciembre del año dos mil seis al treinta de noviembre del año dos mil doce; en consecuencia, entréguesele la constancia de mayoría y validez correspondiente.

¡Habemus Presidente!

Qué dice el dictamen del TEPJF:

"Con fundamento en las consideraciones precedentes, se declara:
PRIMERO. De acuerdo con el cómputo final de la elección, el candidato que obtuvo más votos en la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos fue el ciudadano Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.
SEGUNDO. Es válida la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
TERCERO. El ciudadano Felipe de Jesús Calderón Hinojosa satisface los requisitos de elegibilidad establecidos en el artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CUARTO. Se declara al ciudadano Felipe de Jesús Calderón Hinojosa Presidente Electo de los Estados Unidos Mexicanos, para el período comprendido del primero de diciembre del año dos mil seis al treinta de noviembre del año dos mil doce; en consecuencia, entréguesele la constancia de mayoría y validez correspondiente.
En su oportunidad, notifíquese por oficio el presente dictamen a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión para el mes de septiembre del año dos mil seis, acompañándole copia certificada del propio dictamen, para los efectos que se precisan en el segundo párrafo del considerando séptimo; asimismo, notifíquese personalmente al ciudadano Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, acompañándole copia certificada de este dictamen y la constancia a que se refiere el tercer párrafo del considerando séptimo.
Publíquese en los estrados de este Tribunal Electoral y en el Diario Oficial de la Federación.
Así por unanimidad de votos lo resolvieron los magistrados que integran la Sala Superior del Poder Judicial de la Federación, ante el Secretario General de Acuerdos, que autoriza y da fe.
Firmado por los siete Magistrados electorales del Poder Judicial de la Federación y el Secretarioo General de Acuerdo Flavio Galván Rivera.
Y afuera del TEPJF las lágrimas y el enojo fueron la respuesta de los seguidores de AMLO. Un ataúd recorría la explanada exterior del Tribunal, en tanto ondean banderas de México y del PRD al grito de Obrador. El ataúd de metal tiene escritas la palabra democracia, no al fraude electoral.